Consejería de Igualdad y Empleo. Junta de Extremadura

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Consejería de Igualdad y Empleo

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La inmigración constituye un fenómeno social complejo por sus causas y sus consecuencias, por sus orígenes y sus destinos, y por los desafíos que plantean tanto a las sociedades de donde proceden los inmigrantes como a aquellas donde se asientan.

Desde hace algún tiempo, Extremadura ha pasado a ser una región de inmigración, produciéndose un rápido crecimiento de su población extranjera. Es preciso admitir que ni la sociedad extremeña, ni la administración de la Comunidad Autonóma están preparadas para asumir e integrar el fenómeno migratorio que conocemos con la rapidez que se ha producido. Las oportunidades y desafíos que nos plantea la inmigración, en cualquier caso, son similares a los que afrontan otras regiones con una experiencia más dilatada como tierra de inmigración. Respecto de ellos, Extremadura cuenta con la ventaja de que puede aprender de sus experiencias, de los aciertos y de los errores cometidos a la hora de integrar a la población inmigrada. No obstante, aparte de la mayor rapidez con la que se ha producido aquí el fenómeno.

Los inmigrantes de distintos orígenes, culturas y características han pasado ya a formar parte del común de la sociedad extremeña. Y este es un hecho social de importancia crucial, porque la presencia de estas personas inmigrantes transformará profundamente o está transformando ya, nuestra sociedad, tanto desde una perspectiva demográfica y económica como cultural y política.

Desde un punto de vista demográfico, si bien aunque la inmigración por sí sola no va compensar la desequilibrada pirámide de población extremeña, la estructura de sexo y de edades de los inmigrantes sí que puede contribuir a amortiguar los desequilibrios en la misma así como a incrementar la natalidad y a recuperar la tasa de fecundidad de nuestra comunidad autónoma.

Desde un punto de vista cultural, la inmigración está contribuyendo a una diversidad cultural llena de oportunidades y que no puede ser sino enriquecedora para una sociedad plural como la española.

Por último, la población inmigrada puede contribuir a la mejora de las condiciones de vida de sus países de origen, tanto de sus familiares directos como del conjunto de la población, y al desarrollo económico, social y político de los mismos.

Ayudas para financiar planes de acción de acogida e integración social de personas inmigrantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura

FINALIDAD

Financiar las actuaciones en materia de acogida e integración social de personas inmigrantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para que la incorporación e integración social de estas personas en la sociedad extremeña se realice de forma efectiva y en condiciones de igualdad y no discriminación con respecto a los ciudadanos españoles, en el marco de la Constitución española.

Para la ejecución de esta finalidad, las actuaciones que se lleven a cabo estarán contempladas en un Plan de Acción, que se constituye como el instrumento técnico para la planificación de las actuaciones a desarrollar y la consecución de los objetivos que se pretenden en su desarrollo en el marco de la acogida e integración social de las personas inmigrantes en Extremadura.

Estas actuaciones estarán encuadradas dentro de los ejes y medidas recogidos en la norma que regula las bases de concesión de estas ayudas, dentro del Marco de Cooperación para la gestión del Fondo de Apoyo a la acogida e integración de inmigrantes así como de refuerzo educativo aprobado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, y que van a ser objeto de convocatoria.

DESTINATARIOS

Las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, que deberán mantenerse al menos, hasta la finalización de la ejecución del correspondiente plan de acción.

A los efectos de este decreto, se entenderá por entidades públicas los Municipios y Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y, por entidades privadas sin ánimo de lucro, aquellas que tengan sede en la región y cuya actividad contemple o se centre en la promoción y desarrollo de actuaciones en materia de integración social de la población inmigrante.

REQUISITOS

Con carácter general:

Además, con carácter específico, atendiendo a la entidad beneficiaria:

DOCUMENTACION

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes y documentación necesaria en cada caso se presentarán en los Registros de la Consejería de Igualdad y Empleo o en los Registros y Oficinas a que se refiere el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las solicitudes que se presenten a través de una oficina de Correos deberán ir en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea fechado y sellado antes de ser certificado. También podrán presentarse en aquellos Ayuntamientos con los que la Administración tenga suscrito el oportuno convenio de ventanilla única.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden de Convocatoria en el D.O.E. Por ello, el plazo de presentación finalizará el 22 de julio de 2010.

CUANTÍA

A través de estas subvenciones se podrá subvencionar hasta el 100% del coste del proyecto sin que la cuantía objeto de concesión pueda sobrepasar el 40% de los créditos disponibles.

PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

El abono anticipado de las cantidades subvencionadas se realizará en tres pagos de la siguiente forma:

Independientemente del tipo de entidad de que se trate, antes del 1 de febrero del año posterior a aquel en que se haya concedido la subvención y con independencia de la justificación parcial expuesta anteriormente, las entidades beneficiarias deberán justificar la totalidad de la subvención recibida, remitiendo la cuenta justificativa del gasto conforme al Anexo VII de la Orden de Convocatoria y la Memoria Técnica Justificativa y Explicativa de la realización del plan de acción subvencionado conforme al Anexo VIII de la misma.

FINANCIACIÓN

Las Ayudas a Planes de Acción para la Acogida e Integración Social de Personas Inmigrantes están cofinanciadas con cargo a recursos procedentes del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

ADVERTENCIA: El contenido de esta página tiene carácter meramente informativo. Las condiciones de este procedimiento son las contenidas en la normativa correspondiente.

NORMATIVA Y OTROS DOCUMENTOS

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